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LA CONSTITUCIÓN EUROPEA Y LOS TOROS
(Javier Sesma) |
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Pasado mañana domingo, el futuro -es decir Europa- reclama nuestra opinión sobre la flamante Carta Magna de la Unión Europea, de la que nuestro país es uno de sus Estados miembros. Reconozco que, en principio, a mi no me quitaba el sueño este asunto porque, entiendo, que la consulta está ya decidida, y que el referéndum es tan sólo un trámite administrativo de colosales proporciones. Pero que lo creyera no ha impedido que me leyera el texto constitucional, intrigado por ver si tocaba -aunque sólo fuera de pasada- el tema de la Fiesta y, en su caso, ver qué tratamiento le daba. Si hablamos del futuro (y España y su Fiesta forman parte de él) me interesaba saber qué deparaba la nueva Constitución Europea al mundo de los toros. También reconozco que era bastante escéptico y que repasaba el articulado a la defensiva, preguntándome… “a ver por donde nos van a jorobar”. Pero a medida que iba leyendo aquello, me encontraba artículos que no sólo no rechazaban la Fiesta si no qué de una manera clara -aunque indirecta- la protegía. Si contemplamos la Fiesta bajo la perspectiva de que representa una parte importante de la cultura y la tradición españolas, y asumimos que España es Europa y va a caminar de ahora en adelante amparada por la Constitución que votamos el domingo, a mi entender -y por el momento- dicha Ley de Leyes ampara al mundo de los toros. En su parte III, denominada “De las políticas y el funcionamiento de la Unión”, dice textualmente su artículo 121… “Cuando definan y ejecuten la política de la Unión en los ámbitos de la agricultura, la pesca, los transportes, el mercado interior, la investigación y el desarrollo tecnológico y el espacio, la Unión y los Estados miembros tendrán plenamente en cuenta las exigencias del bienestar de los animales como seres sensibles, (aquí me puse a temblar, pero seguí leyendo) al tiempo que respetarán las disposiciones legales o administrativas y los usos de los Estados miembros… en particular por lo que respecta a los ritos religiosos, las tradiciones culturales y los patrimonios regionales .” De momento, la cosa no podía estar más clara. No obstante y por si las moscas, me fui al Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua y busqué la definición de las palabras “tradición” y “cultura”. En “tradición” me llamaron la atención dos acepciones: la 1ª que dice: “Transmisión de noticias, composiciones literarias, doctrinas, ritos y costumbres , hecha de generación en generación.” y la 3ª que indica: “Doctrina, costumbre, etc., conservada en un pueblo por transmisión de padres a hijos.” En cuanto a la palabra “cultura” , la 3ª acepción dice: “Conjunto de modos de vida y costumbres, conocimientos y grado de desarrollo artístico , científico, industrial, en una época o grupo social” . También la definición de “cultura popular” afirma: “Conjunto de las manifestaciones en que se expresa la vida tradicional de un pueblo .” Por otro lado, entiendo, que el Estado Español no puede tener ninguna duda de que la Fiesta es “cultura” puesto que desde 1.998 en que otorgó la Medalla de Oro de las Bellas Artes a Curro Romero, pasando por las que concedió posteriormente a El Viti, Pepe Luis Vázquez, Litri padre, Antoñete, Rafael de Paula o Manolo Vázquez y hasta llegar a la pasada temporada en que se la concedió a Espartaco y Ángel Luis Bienvenida, está claro que con ello reconoce a la Fiesta como paradigma de expresión “artística”. En definitiva, que cuando yo creía que Europa iba a ser el dragón que se comería a la Fiesta, resulta que su Constitución la arropa bajo sus alas legales, demostrando mucha más generosidad, sensibilidad y tolerancia que algunos de nuestros políticos y muchos de nuestros conciudadanos. Por tanto, ahora ya sé lo que tengo que hacer el domingo. |
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